CONTRATO DE LOCACIÓN (VIVIENDA)
PRELIMINAR.
PARTES. Entre la Sra. ……………………………., DNI: ……………, por una parte y por la otra la
Sra. …………………….., DNI: …………, el Sr. ………………………………., DNI: ………….. En adelante
denominados <Locadora> y <Locatarios>, respectivamente, se celebra
este CONTRATO DE LOCACIÓN DE FINCA PARA
VIVIENDA, sujeto a las declaraciones y estipulaciones (cláusulas)
siguientes: I. OBJETO. 1- La
Locadora da en locación a los Locatarios la unidad número “…”,
del edificio ubicado en …………. de ………, Pcia. de Bs. As. En adelante denominada
<Unidad Locada>. 2- El inmueble incluye: Una puerta de acceso de chapa
con vidrio, una ventana de vidrio y rejas, una cocina instalada a gas natural
funcionando, una mesada de acero inoxidable con su pertinente bajo mesada de
madera, con un baño: inodoro instalada, pileta, y una ducha con calefón
eléctrico instalada, y ventiluz de vidrio con rejas, todos con luz eléctrica
instalada con interruptor diferencial bipolar, tres focos de bajo consumo, en buen
estado de funcionamiento. Además la Unidad Locada contiene las cosas incorporadas
separables siguientes: Una puerta de rejas de entrada al edificio con un
pasillo, una pileta lavadero y patio descubierto atrás, terraza y parrilla. 3- Los
locatarios reciben el inmueble desocupado, en perfecto estado de aseo,
conservación y demás condiciones en que se encuentra, que han constatado en las
visitas realizadas con motivo del ofrecimiento del alquiler, obligándose a
restituirlo en las mismas condiciones salvo los deterioros propios provenientes
de un uso normal y transcurso del tiempo, caso contrario responderá por los
daños y perjuicios que involucran reparar lo averiado, reponer lo faltante, más
los alquileres perdidos, por el lapso insumido en reparaciones II.
DESTINO. 1- La Unidad
Locada sólo podrá destinarse para la vivienda personal de los
locatarios, sin animales. 2- Están prohibidas cualesquiera sublocaciones y
transmisiones en general y a todo título, sean parciales o totales,
transitorias o permanentes, gratuitas u onerosas y también vedado el cambio del
destino habitacional. 3- Caso contrario responderán pagando una Cláusula Penal
de pesos quinientos ($ 500), ante cada violación a ésta. III.
ALQUILER. El alquiler se conviene en la suma de pesos …………. ($ 00000,00) mensuales,
que serán abonados por los locatarios únicamente en el domicilio de ……………, o en
cualesquiera otros a elección de la
Locadora, dentro de los límites políticos de ……, en el horario de lunes a viernes de 10 a 19 horas. El alquiler se
abonara entre los días .. al .. de cada mes, por adelantado, sin previo
requerimiento, y su incumplimiento generara el estado de mora de pleno derecho,
sin necesidad de interpelación alguna, dando origen a una indemnización a la
locadora de pesos sesenta ($ 60) diarios, por cada día transcurrido desde el
primero correspondiente al mes en mora y hasta el momento de su efectivo pago.
El importe resultante, que se calculara sobre el precio del alquiler pactado,
se abonara en la misma moneda y conjuntamente con el mismo, pudiendo rehusar la
locadora a un ofrecimiento de pago parcial. La Locación se conviene por
periodos mensuales completos, por lo que si la Unidad Locada se restituyera con
posterioridad a un mes ya iniciado corresponderá abonar el alquiler
correspondiente a dicho mes.- IV. PLAZO. 1- El plazo total e
improrrogable de este contrato, será dos años, comenzando el .. de ………… de 2000
y finalizando el .. de ………. de 2000 a las 10 horas (A.M.), sin obligación de
notificar que fenece. 2- Al vencimiento del plazo los Locatarios restituirán la Unidad Locada sin
interpelación alguna, caso contrario dará lugar a una indemnización a favor de
la locadora equivalente al doble del alquiler pactado y en la misma moneda, sin
perjuicio de continuar los locatarios con el pago de los arriendos, gastos y
servicios a su cargo. V. DAÑOS. 1- La
Locadora no será responsable de los daños y perjuicios que se
le produzcan (ocasionen) a los Locatarios o a terceros en sus personas y/o en
sus bienes por causa de accidentes, averías, cortocircuitos, derrumbes,
desperfectos, deterioros, estragos, fallas, filtraciones, incendios,
inundaciones, pérdidas, roturas, de cualesquier tipos, ya que los Locatarios las
toman a su cargo como riesgo propio, incluso el caso fortuito y la fuerza mayor.-
VI. OBLIGACIONES Y VERIFICACIONES. Son
obligaciones de los locatarios: 1- Respetar las disposiciones del Reglamento
Interno del Edificio que se le hace conocer. 2- Abonar en término las facturas
por su consumo de energía eléctrica, gas. En caso de no abonar en fecha estos
servicios, abonaran los intereses asignados por la empresa Edesur y Metrogas,
hasta el segundo vencimiento, pasado la misma sin abonar se dará de baja los
servicios de energía eléctrica, gas y agua de la unidad locada, importando ello
además incumplimiento contractual. 3- No efectuar modificaciones estructurales
ni de ninguna otra naturaleza en la unidad locada. 4- Realizar las reparaciones
que los accesorios o artefactos privativos del inmueble requieran, como
consecuencia de su utilización. 5- Abonar al valor de plaza, los deterioros
causados por un uso indebido del inmueble, u originados por su culpa o
negligencia. 6- Los locatarios se hacen cargo de la obstrucción de los desagües
cloacales internos y de sus consecuencias, así como el desagote del pozo ciego.
7- Permitir –previo anuncio- la visita de la locadora o el ingreso de operarios
que la misma envíe para reparación de desperfectos. 8- No realizar dentro de la
unidad actividades contrarias a la moral, buenas costumbres y/o atentatorias de
la tranquilidad de los vecinos. 9- Realizar el correcto uso del agua, evitar pérdidas
de la misma en su departamento, caso contrario abonarán una clausula penal de
pesos quinientos ($ 500). 10- En caso de escuchar música debe hacerlo con un
volumen moderado sin molestar a los vecinos. 11- Mantener llaveada la reja de
acceso del inmueble, para seguridad de todos, se compromete al buen uso de la
misma, y en caso de que se debiera cambiar la cerradura por fallas debido al
uso, abonar lo que corresponda, como el juego de llaves. VII. EXTINCION
DEL CONTRATO. La devolución de llaves de la unidad locada solo podrá
justificarse con recibo escrito suscripto por la locadora. El impago de un mes en plazo del alquiler dará
derecho a la Locadora
la acción de desalojo, previa intimación a pagar la suma adeudada en el término
de diez (10) días corridos. Cualquier incumplimiento contractual de los
locatarios, dará derecho a la Locadora a rescindir este contrato y exigir
desalojo inmediato. En caso de abandono de los locatarios de la unidad locada,
otorga expresamente derecho a la locadora a la inmediata posesión de la misma. VIII. DEPOSITO. En
garantía del cumplimiento de sus obligaciones los locatarios entregan a la
locadora en este acto como depósito la suma de pesos dos mil......... ($ 0000,00),
sirviendo el presente de eficaz recibo. Esta suma que no devengara interés ni
reajuste alguno ni podrá ser imputada al pago de alquileres, será devuelta en
la misma moneda al finalizar el contrato, previa restitución del inmueble en
las condiciones pactadas. La locadora podrá, sin embargo, retener de dicho
depósito el equivalente al promedio de gastos por servicios con más un veinte
por ciento, el que será devuelto no bien cuente con las facturas emitidas por
los entes prestadores de los mismos que acrediten el consumo hasta la fecha de
restitución del inmueble. El importe de este depósito no implica fijar un tope
indemnizatorio, el que cederá ante el supuesto de que los daños que presente el
inmueble por un mal uso y o las deudas por servicios impagos a cargo de los
locatarios, superen dicha cifra. IX.
GARANTIAS: La Sra. ……………….., DNI: ………….., con domicilio
en la calle ……………………. de …………. Pcia. De Bs. As., en adelante denominado “LA
GARANTE”, se constituye en fiadora
solidaria y principal pagadora, renunciando en este acto al beneficio de
división y excusión, aceptando ser deudora directo de todas las obligaciones
que asumen los LOCATARIOS en el presente contrato, y sus responsabilidades
subsistirán hasta que la LOCADORA se dé por conforme y reciba el inmueble
arrendado en las condiciones establecidas, y de por pagada todas las sumas que
pudiera adeudar por cualquier concepto los LOCATARIOS. Subsistirán también sus
obligaciones aun después del vencimiento de este contrato si los LOCATARIOS
continuaran ocupándolo por cualquier motivo aun con eventual acuerdo de la
LOCADORA. También por las costas, gastos y honorarios que pudieren devengarse
con motivo de cualquier juicio que a raíz de este contrato se viera precisado a
iniciar la LOCADORA, ya sea por desalojo, cobreo de alquileres, cobro de
reparaciones y/o indemnizaciones en las cuales pudiera ser condenado los
LOCATARIOS y podrán ser reclamadas en cualquier juicio o en el mismo expediente
donde se devengaron. Las garantías que se constituyen en cumplimiento del
presente, comprenden la totalidad del patrimonio de LA GARANTE. X. CONSTITUCIÓN
DE DOMICILIOS. Se constituyen como domicilios especiales y donde serán
eficaces las notificaciones derivadas del presente contrato, sean extra o
judiciales, aun cuando los destinatarios no vivan o residan en ellos, los
siguientes: a) La Locadora en …………….
de ……….; b) Los Locatarios en ………………….
de …………..; c) La Garante …………………………. de …………….. XI. TRIBUTOS. 1- Si el impuesto de sellos gravare este
contrato, serán pagados por los locatarios. XII. LITIGIOS Y
FIRMAS. Para el caso de litigio ambas partes se someterán a la competencia
judicial, de los tribunales ordinarios civiles de Capital Federal, renunciando
a cualesquiera otras que pudiesen
corresponderles. 2- También declinan el derecho procesal de <recusación sin
expresión de causa>, del juez que deba entender en caso de litigio. Se firman dos (3)
juegos de ejemplares iguales del mismo tenor y aun solo efecto del presente
contrato, recibiendo un ejemplar cada parte. Celebrado …………….., Pcia. de Bs.
As., el día ……… del mes de ………. del año 20….
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